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domingo, 11 de diciembre de 2016

La propiedad privada y las relaciones sociales de producción

Jesús, un seguidor de este blog, hace el siguiente comentario crítico sobre mi trabajo sobre los proxy advisor: “Dos comunicaciones muy seguidas en el tiempo y bien concatenadas donde prima la realidad invertida. En la primera es de destacar la afirmación según la cual “la propiedad privada de los medios de producción es el gran mal de la humanidad”, anteponiendo el criterio jurídico a las relaciones sociales de producción, como si aquello fuese fruto del derecho”.


Jesús padece de una profunda confusión conceptual. En la sección dedicada al proceso de intercambio en El Capital, Marx se expresa en los siguientes términos: “Para relacionar estas entre sí como mercancías, los guardianes de mercancías tienen que comportarse entre sí como personas cuya voluntad reside en esas cosas, de suerte que uno se apropia de la mercancía ajena, alienando la propia, solamente con la voluntad del otro; esto es, cada uno lo hace mediante un acto de voluntad común a ambos. De ahí que tengan que reconocerse recíprocamente como propietarios privados. Esta relación jurídica, cuya forma es el contrato, se haya efectuado legalmente o no, es una relación de voluntad en la que se refleja la relación económica”.

Entre los marxistas “antiguos”, esto es, marxistas que no conocen en profundidad el pensamiento de Marx, predomina un concepto de relaciones de producción vacío. Definen las relaciones de producción como las relaciones que mantienen los hombres en la producción. Es evidente que en esta definición el contenido conceptual, relaciones que mantienen los hombres en la producción, y el nombre del concepto, relaciones de producción, es el mismo. En términos matemáticos esta definición es una tautología: no damos ningún paso en el conocimiento conceptual cuando pasamos del nombre del concepto al contenido del concepto.

Debemos suponer que el proceso de intercambio es una de las modalidades de las relaciones de producción. El trabajador, quien vive de un salario, vive bajo el predominio de esa relación de producción. Y un aspecto básico de esa relación es que el capitalista es propietario privado de los medios de producción y el trabajador es propietario privado de su fuerza de trabajo. De lo que concluimos que no existe por una parte las relaciones sociales de producción y por otra parte la propiedad, sino que la propiedad es un aspecto esencial de las relaciones sociales de producción.

En el contenido del  concepto de relaciones sociales de producción hay que incluir los medios de producción y la fuerza de trabajo. Y las distintas relaciones de producción se diferencian justamente por el tipo de propiedad que predomina sobre los medios de producción. El intercambio entre capitalista y trabajador se basa en un acto de voluntad común a ambos, la voluntad del capitalista reside en sus medios de producción y la voluntad del trabajador reside en su fuerza de trabajo. De ahí que inevitablemente se tengan que reconocer como propietarios privados.

Las relaciones sociales de producción son relaciones sociales de producción entre los hombres. De manera que de estas relaciones sociales de producción también es parte integrante  la voluntad. Pero aquí no hablamos de la voluntad en abstracto, sino de la voluntad que reside en las mercancías. Y en el capitalismo los medios de producción son mercancías y la fuerza de trabajo también es una mercancía.  Así que es un profundo error conceptual considerar que la propiedad existe en el reino nebuloso del derecho en vez de considerarla un aspecto esencial de las relaciones sociales de producción.




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